En el siguiente enlace podemos leer una publicación de un caso concreto y real que responde de forma afirmativa a la pregunta planteada, recogido en una sentencia de la Audiencia Nacional ante la denuncia presentada por unos padres ante la Agencia Española de Protección de Datos, que no prosperó, ante la revisión del móvil de su hijo, menor de edad, por parte de los responsables del centro educativo.
¿Puede un director de un colegio revisar el móvil de un alumno?, por Jorge Campanillas Ciaurriz.